Invecq Consulting

Resumen semanal: del 8 al 12 de diciembre

  • Datos Económicos
    • La industria manufacturera mostró una variación mensual de -0,8% (-2,9% i.a.) en octubre, mientras que la construcción de -0,5% (+8% i.a.). Así, en el acumulado anual quedaron 3,1% y 7,9%, respectivamente.
    • La inflación fue 2,5% mensual (31,4% i.a.) en noviembre. Se trató del tercer mes consecutivo de aceleración. “Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles” fue la división de mayor aumento (3,4%), seguida de “Transporte” (3%), mientras que “Prendas de vestir y calzado” presentó la menor variación (0,5%). Por su parte, los bienes y servicios regulados subieron 2,9%, el IPC Núcleo 2,6% y los estacionales 0,4%.
    • La canasta básica alimentaria aumentó 4,1% mensual en noviembre y llegó a $183.289, mientras que la total subió 3,6% y alcanzó los $406.903. Fueron los aumentos más altos desde marzo. De esta manera, acumulan un incremento anual de 26,1% y 22,7%, respectivamente (por debajo de la inflación del período, 27,9%).
  • Reservas del Banco Central. El BCRA cerró la semana con US$41.902 M de reservas brutas y US$-174M de netas. De esta manera, ambas aumentaron levemente en relación con el viernes pasado (US$146M y US$332 M, respetivamente).
  • Inflación de diciembre. Según el IPC Invecq, en la segunda semana de diciembre los precios prácticamente no variaron (+0,04%), en promedio. Casi todas las categorías evidenciaron aumentos muy bajos o nulos, a excepción de “Bebidas alcohólicas y tabaco” y “Prendas de vestir y calzado” que aumentaron 1,4%, contrarrestados por “Alimentos y bebidas no alcohólicas” (-1,3%). De esta manera, la inflación promedio móvil de cuatro semanas se ubicó en 2,6%, en línea con lo evidenciado desde mediados de noviembre.
  • Anuncios del Gobierno
    • Se redujeron los derechos de exportación para i) la soja (la alícuota pasó de 26% a 24%) y sus subproductos (24,5% a 22,5%), ii) el trigo y la cebada (9,5% a 7,5%), iii) el maíz y el sorgo (9,5% a 8,5%) y iv) el girasol (5,5% a 4,5%).
    • La Comunicación A 8361/2025 introduce dos excepciones a la “restricción cruzada” (quien accede al dólar oficial no puede adquirir títulos con liquidación en moneda extranjera por 90 días): i) aquellos que compren dólares en el MULC podrán participar en suscripciones primarias de deuda emitida por residentes siempre que mantengan los títulos por al menos 15 días hábiles; ii) quienes cobren cupones o capital de títulos del Tesoro o del BCRA podrán reinvertirlos dentro de los 15 días hábiles posteriores al cobro.
Compartir
Compartir
Compartir

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

This site is protected by reCAPTCHA and the Google Privacy Policy and Terms of Service apply.

The reCAPTCHA verification period has expired. Please reload the page.