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Peleando contra un gigante invisible

El gobierno volvió a tomar medidas en la última semana respecto de los efectos que tendrá el Coronavirus en la economía, sin embargo, estas no parecen ser suficientes para la crisis que está atravesando el país.

A continuación, detallaremos la serie de medidas que se han anunciado en la última semana según los distintos organismos de gobierno:

ANSES

En primer lugar, la entidad administradora de la seguridad social de la Argentina abrió la inscripción al IFE (Ingreso familiar de emergencia) al cual se anotaron más de 11,4 millones de personas. El mismo está dirigido a trabajadores informales, a trabajadores de casas particulares, monotributistas sociales y monotributistas de la categoría A y B. El ingreso será por única vez, a menos que la cuarentena se extienda más de lo previsto, y el monto será de $10.000 por grupo familiar. Según las propias estimaciones de la entidad, finalizarán convalidando 6,3 millones de personas, lo que se traduciría en una ejecución total de $ 63.000 millones que el Estado debería asignar a esta partida. Esto se suma a la medida de inicio del aislamiento social que otorgó un bono extraordinario para perceptores de AUH/AUE y jubilados de haberes mínimos.

Ministerio de Economía y desarrollo productivo

En primer lugar, el mismo día que la ANSES anunció lo anterior, el ministro de economía anunció un aumento en los gastos de capital presupuestados para este año en torno a los $ 100.000 millones destinados a obras de infraestructura, educación y turismo, lo que significaría una ampliación del 40% en esta partida. A su vez, se relanzó el Plan Pro.Cre.Ar para la construcción y refacción en los hogares que otorgará en teoría más de 30.000 créditos. Por último, se establecieron precios máximos (retrotraídos al 6 de marzo) para un conjunto de productos alimenticios, de higiene personal, medicamentos e implementos médicos, que se sostendrán por 30 días. A su vez, se renovaron los programas de precios cuidados y Ahora 12.

Por otro lado, mediante el decreto 329, se prohibieron los despidos y las suspensiones sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de sesenta días. Sin embargo, el artículo tercero aclara que quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. Esto apunta a un alivio para los empresarios que lleguen a un acuerdo de partes con el propio trabajador, en el cual se solicite el cese temporal de sus tareas y a cambio se le otorgue un subsidio no remunerativo, que claramente será menor al salario total.

El decreto 332/20 del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” fue en el cual se dictó la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino. Si bien la postergación será para todas las empresas sin importar la cantidad de empleados, durante el mes de marzo y abril, la reducción del 95% será solo para los salarios del mes de abril en el cual podrán incluirse todas las empresas de hasta 61 trabajadores, mientras que los tengan de 61 en adelante deberán iniciar previamente un Procedimiento Preventivo de Crisis de Empresas presentado ante el Ministerio de Trabajo.

A su vez, en el mismo decreto, se dispuso la Asignación Compensatoria al Salario, que consistirá en una suma abonada por la ANSES para todos o parte de los trabajadores comprendidos en el régimen de negociación colectiva para las empresas que cuenten con un total de hasta 100 empleados de manera progresiva. Es decir, hasta 25 empleados, la ANSES cubrirá el 100% de un salario mínimo vital y móvil completo ($16.875), entre 25 y 60 empleados cubrirá el 75% de un SMVM ($12.656) y, por último, para las empresas que tengan entre 61 y 100 empleados, se abonará el 50% de un SMVM ($8.437).

Para las empresas que cuenten con más de 100 empleados se ampliaron los REPRO para la asistencia de la emergencia sanitaria, que será una suma no contributiva respecto al SIPA abonada por el Estado para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, comprendidos en el régimen de negociación colectiva. La prestación tendrá un mínimo de $ 6.000 y un máximo de $ 10.000 por empleado.

AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso suspender las exclusiones de monotributistas correspondientes a marzo, es decir que si sus ingresos brutos superan a su categoría no serán tenidos en cuenta durante marzo y, además, estableció que ningún monotributista sería dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante el mismo mes.

A su vez, se prorrogaron las moratorias para las PyMes, monotributistas y autónomos por dos meses, extendiéndolo hasta el último día del mes de junio. La deuda que puede incluirse en la moratoria es aquella vencida hasta el 30 de noviembre de 2019 y los planes de pago vigentes o caducos hasta el 23 de diciembre de 2019.

Por último, se prorrogó hasta el 6 de mayo el plazo máximo para realizar el pago a cuenta adicional del impuesto sobre los bienes personales para las personas humanas que posean bienes en el exterior sujetos al tributo correspondiente a 2019. Si bien el esquema de alícuotas no se modifica (se sostiene entre 0,1% y 0,5% del valor del activo), la entidad postergó hasta el 30 de abril la fecha límite para ingresar los activos al sistema financiero local.

BCRA

El Banco Central volvió a reabrir el clearing el jueves previo. A partir de entonces la cantidad de cheques rechazados se alzó hasta el 20% para las dos primeras jornadas de operatoria. Dada esta situación, la entidad dispuso prorrogar por 30 días el plazo para la presentación de cheques comunes o de pago diferido al tiempo que los bancos no podrán cobrar comisiones por su rechazo.

Por otro lado, la entidad dispuso que la tenencia de LELIQ que excedan a las admitidas para la integración de la exigencia de efectivo mínimo en pesos (encajes), no podrán superar el equivalente al 90% de esas tenencias excedentes registradas al 19 de marzo, previo a la declaración de emergencia. A su vez, dispuso una reducción de estos encajes en torno al 40% si fueran destinados exclusivamente al financiamiento de micro, pequeñas y medianas empresas con una tasa nominal anual máxima de 24%, certificando que el 50% de dichos créditos se destinen a líneas de capital de trabajo como pago de sueldos y cobertura de cheques.

Si bien todas estas medidas intentan morigerar la crisis, las medidas que se están llevando adelante parecen insuficientes para paliar la crisis que ya estamos viviendo. Los datos de marzo en cuanto a recaudación dan cuenta de una actividad económica que se contraía incluso previo a tomar la decisión del aislamiento social obligatorio.

La AFIP declaró una recaudación de $ 443.636 millones,  con un aumento del orden de 35,3% en relación al mismo mes del año pasado. Sin embargo, cabe destacar que el IVA, el impuesto por el cual más se recauda, tuvo una variación de tan solo 25,6% a raíz de las compensaciones que se realizaron anteriormente y las mayores devoluciones efectuadas a las empresas exportadoras y el sector agropecuario. Pero cabe destacar que no está afectado de lleno por el impacto de la medida del aislamiento, cuyo efecto se verá reflejado en el mes de abril dado que el pago del tributo se aplica los gastos generados en el mes previo, que ya estará afectado en el consumo en los últimos diez días, con lo que el augurio es peor.

Lo que puede verse en el gráfico, es la correlación entre la recaudación real y la actividad económica. Dicha tendencia marca una notoria contracción para el primer trimestre del año, que no sería posible de revertir en el corto plazo.

Estimaciones propias ubican la caída de la actividad general para este año en torno al 6% con la característica particular de que será una contracción de la economía homogénea en cuanto a la cantidad de sectores afectados (solo se proyecta crecimiento en rubros relacionados a la salud y actividades comunitarias) pero será heterogénea en la magnitud del impacto que tendrá en cada uno de ellos siendo especialmente agresivo con los que están relacionados al comercio y el turismo y en menor medida, la industria.

En medio de este panorama claramente negativo a nivel global, el Ministerio de Economía está llevando adelante las negociaciones con los acreedores privados. Durante esta semana se realizó una nueva presentación por parte del ministro de economía, Martín Guzmán, hacia los acreedores en la cual se presentó un escenario económico en términos de crecimiento y déficit sin tener en cuenta efecto del COVID-19 sobre dichas variables. Sin embargo, el propio documento aclara que los efectos del corto plazo no anulan las proyecciones de largo plazo en las cuales deben basarse los supuestos sobre la sostenibilidad de la deuda pública Argentina.

Las exigencias por parte de los acreedores distan de estar en línea con la del ministro, sin embargo, la estrategia de Argentina sigue siendo la de pagar los vencimientos (por lo menos de Ley NY) hasta finalmente dar a conocer la oferta a los acreedores. Así fue que durante el jueves se anunció el pago del Bonar 2020 cuyas paridades se encuentran en torno al 30%, en un escenario de virtual default.

El escenario luce más que complejo para encarar lo que resta del año y la magnitud de la crisis, ante la falta de acceso al mercado, dificultan la situación y nos pone en cierto riesgo de una disrupción fiscal y monetaria. Las medidas que apuntan a impulsar la demanda agregada no son lo necesario y suficiente para el escenario de contracción de la oferta que ya está presenta en la Argentina. El alivio fiscal para las empresas por parte del fisco resulta de vital relevancia para que de esta caída sea posible levantarse lo menos golpeado posible, a lo que el gobierno parece no darse por aludido.

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